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Hacia una nueva ley de medios en Costa Rica: El derecho a la comunicación en debate

 «El Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT) ha presentado un `Texto Base de discusión para una nueva Ley de Radio’, la iniciativa responde a la necesidad de actualizar la legislación costarricense en comunicación; aunque se encamina a mejorar la administración del espectro radioeléctrico, presenta limitaciones para garantizar el ejercicio del derecho a la comunicación por parte de la ciudadanía…» 

Luisa Ochoa Chaves* / Costa Rica, 2015.

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El Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT) ha presentado un “Texto Base de discusión para una nueva Ley de Radio”, la iniciativa responde a la necesidad de actualizar la legislación costarricense en comunicación; aunque se encamina a mejorar la administración del espectro radioeléctrico, presenta limitaciones para garantizar el ejercicio del derecho a la comunicación por parte de la ciudadanía. 

Para la discusión de la propuesta de Ley, el MICIT ha convocado a talleres sectoriales con el sector académico, empresarial y social. En los discursos del sector académico y social se valora el esfuerzo del Poder Ejecutivo al plantear un documento de trabajo y abrir espacios para su discusión; de su propuesta destacan el reconocimiento de los medios comunitarios y algunas medidas para mejorar la gestión del espectro radioeléctrico, como la definición de un tiempo límite para las concesiones y la propiedad de los medios de comunicación hasta de un 50% para personas extranjeras.

Sin embargo, el texto base tiene una serie de limitaciones que en caso de no modificarse dejarían a Costa Rica con una legislación que no garantiza el uso del espectro radioeléctrico en beneficio del interés público, ni los mecanismos para el ejercicio del derecho a la comunicación por parte de la ciudadanía.

La primer limitante es la falta de una definición política sobre el para qué y el para quién es necesario hacer una nueva ley de medios: ¿para las empresas de medios o para la ciudadanía? ¿para administrar el espectro radioeléctrico o para democratizar su distribución en diversos actores?

De esta falta de definición deriva la ausencia de la perspectiva del derecho a la comunicación y el pluralismo comunicativo-mediático como principios rectores de la propuesta de ley del MICIT, que en cambio ubica como primer principio a “la libre competencia”, lo cual resulta contradictorio si se considera que el espectro radioeléctrico es reconocido internacionalmente y cada vez más como un bien público, un recurso escaso y limitado. Otros principios ausentes son el de interculturalidad, que aseguraría que la representación de lo costarricense sea un conjunto diverso de manifestaciones culturales y el principio de equidad territorial, que haría posible una mejor distribución del espectro para brindar servicios en zonas alejadas del valle central.

La propuesta del MICIT tampoco establece una clara distribución del espectro radioeléctrico para medios públicos, privados y comunitarios.   Aunque indica un porcentaje de 30% del espectro para fines comunitarios y educativos, no es claro el lugar que ocupan en la distribución de este porcentaje los medios comunitarios, públicos, educativos y eclesiásticos, los últimos tres con una importante presencia en el paisaje mediático costarricense.  Además, las medidas para desmontar la concentración de medios no son suficientes, ya que el 30% como tope de concentración no facilita la democratización del espectro.

Por otra parte, está el peligro de marginar lo comunitario de dos maneras: en la primera se le restringe al ámbito geográfico, sin considerar otras perspectivas como la construcción de comunidades de sentido, cuya formación no depende de su apego al territorio. En la segunda se le da un carácter de funcionamiento precario, puesto que un medio comunitario no podría operar por concesión, que implica 15 años, sino por medio de un permiso que corresponde a 5 años de funcionamiento.

Otras ausencias que presenta el texto del MICIT son la falta de un Consejo o instancia adjunta que incluya a sectores de la sociedad civil, no se indica la creación de fondos para la promoción de la producción nacional y no se hace mención de normativa internacional para la interpretación de la ley, en especial lo que tiene que ver con el respeto  a  diversidad cultural  y los derechos humanos.

 

Actores involucrados

Al mismo tiempo que se debate el texto del MICIT, lala Red de Medios e Iniciativas de Comunicación Alternativa (RedMICA), que es un espacio de reflexión y articulación de iniciativas y medios de comunicación para impulsar una comunicación equitativa, participativa y democrática en Costa Rica,  RedMica da las últimas puntadas a una propuesta de ley que viene trabajando desde el 2014 con actores de la sociedad civil, su enfoque prioriza la perspectiva del derecho a la comunicación y otorga un rol protagónico a los mecanismos de democratización del espectro radioeléctrico.

Por otra parte, el sector empresarial canceló su participación en el taller convocado por el MICIT y aún no ha dado a conocer sus observaciones al documento. Además, en una noticia publicada en el diario La Nación (Lara, , J.F. 31 de enero 2015) Andrés Quintana, presidente honorario de la Cámara Nacional de Radio (CANARA), declaró que ve innecesario variar la ley de 1954 y le propuso al MICIT un nuevo reglamento técnico para regularla.

En este contexto, parecen vislumbrarse dos puntos de vista en discusión.  El primero representado por el sector empresarial, que no esta interesado en discutir una nueva ley de medios que pueda modificar los beneficios resultantes de 60 años de explotación de un bien público, sin tarifas que suben cada año y sin límites de tiempo para sus concesiones.

El segundo en el cual se ubican actores académicos y de la sociedad civil preocupadas por el posicionamiento del derecho a la comunicación como derecho humano fundamental que actualmente no es reconocido, ni garantizado, por la legislación costarricense.

En medio se encuentra la propuesta del MICIT, que hace un esfuerzo por integrar los puntos de vista de los diversos sectores, sin comprometerse claramente con una visión acerca del modelo de comunicación que se quiere para Costa Rica.

 

La libertad de expresión no está en debate.

Un hecho preocupante es que se desvíe la discusión del derecho a la comunicación al de libertad de expresión, argumento que están utilizando algunas voces para diluir el debate.

Para aclarar esta cuestión es importante distinguir el derecho a la comunicación de los derechos a la libertad de prensa y a la información. Por un lado, el derecho a la libertad de prensa surge como respuesta a la necesidad de garantizar la expresión libre de ideas por parte de todas las personas, pero especialmente por parte de los medios de comunicación, contra las posibles interferencias de las autoridades estatales; por otro lado, el derecho a la información surge ante la necesidad de proteger no sólo a los productores de la información, sino también a sus destinatarios. En contraste el derecho a la comunicación ha comenzado a emerger en virtud de la necesidad de garantizar a todas las personas no sólo el acceso a la información, sino la posibilidad de producirla y convertirla en conocimiento (Saffon, 2007).

De manera que el derecho a la comunicación integra e implica la libertad de expresión, el acceso a la información y el acceso a los medios de comunicación social, pero además abre la posibilidad de que diversos grupos sociales, antes excluidos del paisaje mediático, puedan crear sus propios medios de comunicación.

Si bien las propuestas de ley existentes vendrían a reemplazar la Ley General de Telecomunicaciones y la Ley de Radio que legisla lo relacionado a las concesiones y los servicios de radiodifusión y televisión, más allá de la ley lo que está en debate es la posibilidad de profundizar la democracia costarricense a partir del reconocimiento y la garantía del derecho a la comunicación. 

 

* Asesora de la  Unidad de Comunicación de la Vicerrectoría de Acción Social en la Universidad de Costa Rica

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